De conformidad con la Ley de Hidrocarburos y normas conexas, GasOriente Boliviano Ltda. (GOB), presta el servicio de transporte de gas natural por ductos en territorio boliviano.

Cliente

GOB y su cliente Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) tienen suscritos  Contratos de Transporte en base firme e interrumpible mediante los que se presta el servicio de transporte en el Mercado Interno hasta Mina Don Mario e Ipias respectivamente. En enero 2011, bajo el Contrato de Transporte en servicio interrumpible para Mercado Interno, se adicionó un nuevo punto de entregas de gas destinado a la nueva planta termoeléctrica de la empresa EGSA Guaracachi en la población de San Matías.

Capacidad de Transporte

El gasoducto GasOriente Boliviano Ltda. tiene una capacidad máxima instalada de transporte de 4,0 millones de metros cúbicos de gas por día y un potencial de transporte de hasta 8,0 millones de metros cúbicos de gas por día.

 Capacidad

MMBtu/Día(1)

MMMCD (2)

Capacidad Máxima Instalada (3)

146.061

4,00

Capacidad Contratada en Firme

935

0,03

Capacidad Contratada Interrumpible

83.964

2,30

Capacidad No Utilizada (3)

144.316

3,95

Capacidad Disponible en Firme (3)

145.126

3,97

Capacidad Disponible Interrumpible

144.316

3,95

Capacidad Solicitada en Firme

 

 

Capacidad Solicitada Interrumpible

   

 

(1) 1.034 BTU/PC

(2) 1 MC = 35,314667 PC

(3) Con Presión de 1.420 PSIG suministrada por el cargador en el punto de recepción

 

 Nombre POI

No. POI

MOP (PSIG)

Estación Chiquitos (Punto de Recepción)

101177

1.420

Estación San Matías (Punto de Entrega)

201178

1.420

Mina Don Mario (Punto de Entrega)

207184

1.420

CRE-Ipias (Punto de Entrega)

201180

1.420

EGSA San Matías (Punto de Entrega)

201188

1.420

 

 

 

 

 

 

Tarifa de Transporte

Tarifa Por Servicios

Gestión 2011

$us. MMBtu

Con Impuestos

Tarifa Firme de Transporte

 

       Cargo por Capacidad

0,6599

       Cargo Variable

0,0073

Tarifa Interrumpible de Transporte

0,6672

 

Formulario de Solicitud(doc)
Conforme a la Resolución Administrativa SSDH No. 370/2002 es requisito usar el formulario de solicitud de capacidad para el transporte de Gas Natural.

 

Actualizado al 01-Noviembre-2011